Notas
En cumplimiento de las medidas sanitarias para prevenir la propagación del COVID-19 ANDE dispone

¿CUÁLES SON LAS ALTERNATIVAS QUE PROPONE LA LEY DE EMERGENCIA?⚖️?????☎️

- ??Exoneración del pago servicio de energía eléctrica a aquellos usuarios que no superen el consumo de 500 kwh por mes.
- ☎️Posibilidad de financiación con COPACO, ESSAP, Juntas de Saneamiento y todas aquellas encargadas de la distribución de agua; y descuentos especiales para sectores vulnerables y Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).
- ??Los bancos no podrán aplicar la sanción de “inhabilitación para operar en cuenta corriente, ni cuenta cancelada” a aquellos clientes que han comunicado dentro del plazo, las eventuales presentaciones de cheques a la vista o de pago diferido que han librado con fecha de pago que no sea posterior al 1 de julio de 2020.
- ??Los locatarios están obligados al pago de cuanto menos el 40% del valor mensual del alquiler para no ser desalojados hasta el mes de junio de 2020.
- ✂️?Se establecerá un recorte adicional de gastos, de alrededor de 52 millones de dólares, con la reducción salarial en el sector público.
????El Gobierno Nacional, a través de la ley 6524/2020 declaró estado de emergencia en todo el territorio de la República del Paraguay ante la pandemia declarada a causa del COVID 19.
???Por lo expuesto, se establecieron medidas administrativas, fiscales y financieras como alternativas para el beneficio de la ciudadanía a fin de regular esta situación que tuvo como una de las principales consecuencias, la disminución de los ingresos financieros de todos los habitantes.
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